VERIFACTU: RECOMENDACIÓN DE ADAPTACIÓN DURANTE 2026
Recomendación de implantación durante 2026
Guía práctica para entidades religiosas, colegios concertados, fundaciones y otras entidades.
Como continuación a la circular remitida en el mes de octubre de 2025 sobre VERIFACTU y facturación electrónica, así como a la posterior comunicación relativa al aplazamiento de la entrada en vigor de VERIFACTU, queremos trasladarles una recomendación práctica de especial importancia.
Como ya les informamos en fecha pasada, la entrada en vigor obligatoria de VERIFACTU para las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades ha quedado aplazada al 1 de enero de 2027. Para el resto de obligados tributarios, principalmente autónomos y profesionales, la fecha será el 1 de julio de 2027.
No obstante, desde LEX CENTRO DE ASESORES TÉCNICO JURÍDICOS, S.A., consideramos muy recomendable no esperar al último momento e iniciar durante el año 2026 el proceso de adaptación a VERIFACTU.
El hecho de que la obligación formal comience el 1 de enero de 2027 no significa que debamos esperar a esa fecha para empezar a trabajar. Al contrario, entendemos que el año 2026 debe servir como un período de preparación, revisión y prueba, de forma que cuando llegue la fecha obligatoria el sistema esté ya implantado y funcionando con normalidad.
A) Implantación voluntaria y recomendable durante 2026.
Por tanto, recomendamos a nuestros clientes que durante 2026 revisen su actual sistema de facturación y comiencen a utilizar, en la medida de lo posible, un programa adaptado a VERIFACTU, con el fin de comprobar que:
- el programa de facturación cumple con los requisitos legales;
- las facturas se emiten correctamente;
- se incorpora el código QR cuando proceda;
- se generan los registros de facturación exigidos por la normativa;
- el personal encargado de la facturación conoce el funcionamiento del sistema;
- se detectan y corrigen con tiempo posibles incidencias.
Esta recomendación es especialmente importante para aquellas entidades que actualmente utilizan programas de facturación que todavía no han confirmado su adaptación a VERIFACTU, así como para aquellas comunidades religiosas, fundaciones o entidades de menor tamaño que siguen utilizando plantillas en Excel, Word u otros sistemas manuales para emitir o controlar sus facturas.
B) Relación con la facturación electrónica.
Como ya indicamos en nuestra circular anterior, VERIFACTU afecta principalmente a los sistemas informáticos de facturación y a las facturas emitidas, mientras que la facturación electrónica entre empresas y profesionales afectará tanto a facturas emitidas como recibidas cuando resulte plenamente exigible.
Aunque se trata de obligaciones distintas, ambas forman parte del mismo proceso de digitalización de la facturación, por lo que resulta conveniente analizarlas conjuntamente.
En este sentido, muchos programas de facturación ya están preparando o incorporando soluciones tanto para VERIFACTU como para la futura facturación electrónica obligatoria. Por ello, consideramos que este es el momento adecuado para revisar la situación de cada entidad y adoptar una solución que permita cumplir con ambas obligaciones de la forma más sencilla y segura posible.
C) Comunicación antes del 1 de septiembre de 2026.
Para poder organizar adecuadamente los trabajos de implantación, revisión del software, formación y acompañamiento, necesitamos que aquellos clientes que deseen contar con nuestra ayuda en este proceso nos lo comuniquen antes del día:
1 DE SEPTIEMBRE DE 2026
A partir de esa fecha, y teniendo en cuenta el volumen de entidades afectadas, no podremos garantizar que todos los trabajos de adaptación, comprobación y puesta en marcha puedan estar correctamente finalizados antes del 1 de enero de 2027.
Por tanto, si a fecha 1 de septiembre de 2026 no hemos recibido comunicación expresa de su entidad indicando que desea contar con LEX para la implantación o revisión de VERIFACTU, no podremos asegurar que el sistema esté correctamente implantado y funcionando con éxito en la fecha obligatoria.
D) Precio especial durante el año 2026.
Con el fin de facilitar esta adaptación progresiva, LEX ofrecerá durante el año 2026 un precio especial de implantación y acompañamiento para aquellos clientes que decidan iniciar el proceso de forma voluntaria y anticipada.
Este precio especial estará pensado para que las entidades puedan utilizar VERIFACTU durante 2026 como período de prueba y adaptación, evitando incidencias cuando llegue la entrada en vigor obligatoria el 1 de enero de 2027.
El coste concreto dependerá de la situación de cada entidad, del sistema de facturación que utilice actualmente, del número de centros o actividades, del volumen de facturas emitidas y de si resulta necesario implantar un nuevo programa, adaptar el existente o simplemente revisar su funcionamiento.
Por ello, una vez recibida la comunicación de cada cliente, analizaremos su caso concreto y les remitiremos una propuesta personalizada.
E) Próximos pasos.
Para poder valorar correctamente la situación de cada entidad, les rogamos que nos indiquen a la mayor brevedad posible y, en todo caso, antes del 1 de septiembre de 2026, si desean contar con nuestra ayuda en este proceso.
A tal efecto, podrán ponerse en contacto con nosotros a través de la dirección de correo electrónico: verifactu@lexsa.es
Asimismo, podrán utilizar el formulario habilitado en nuestra página web: www.lexsa.es
Con la información recibida podremos analizar su situación concreta, revisar el sistema de facturación utilizado actualmente y proponer la solución más adecuada para cumplir con VERIFACTU y prepararse también para la futura facturación electrónica obligatoria.
Confiamos en que esta nota sirva para insistir en la importancia de no demorar la adaptación hasta el último momento. La experiencia nos demuestra que estos procesos requieren tiempo, pruebas y formación del personal encargado de la facturación.
Desde LEX estamos trabajando activamente para acompañar a nuestros clientes en este proceso, con el objetivo de que la entrada en vigor de VERIFACTU el 1 de enero de 2027 se produzca con la máxima seguridad jurídica, contable y operativa.
Para cualquier aclaración al contenido de la presente nota nos ponemos a su entera disposición.
En Madrid, a 27 de abril de 2026.
LEX ASESORES TÉCNICO JURÍDICOS.
LEX CLOUD SERVICES
Estamos trabajando para ofrecer un gran abanico de soluciones integradas. Desde nuestro departamento de Informática, hemos desarrollado una serie de soluciones en la nube, para que la gestión de sus documentos e información siempre estén unificadas y con los mayores estándares de seguridad
LEX CLOUD SERVICESLogin
×Register now
I'm a small Introtext for the Register Module, I can be set in the Backend of the Joomla WS-Register Module.
×








